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14-10-2026  |  Formosa ...

:  LA DEFENSORIA OTORGA CONSTANCIAS DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS A QUIENES CONCURSEN PARA LOS REGISTROS NOTARIALES VACANTES



El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que frente a la medida del Gobierno de Formosa, oficializando el concurso de oposición oral, escrita y de antecedentes para cubrir la titularidad de diez registros notariales que se encuentran vacantes en distintos puntos de la provincia, de acuerdo con el Decreto Nº 281, del 6 de octubre de 2026, firmado por el Gobernador Gildo Insfrán, el procedimiento prevé la evaluación de los aspirantes mediante pruebas de oposición oral y escrita, además de la consideración de sus antecedentes, con el objetivo de determinar quiénes reúnen las condiciones para asumir la titularidad de los registros. Para participar en el llamado a concurso de oposición y antecedentes para la titularidad de los citados registros notariales vacantes en Formosa, se debe cumplir con los requisitos obligatorios según el Artículo 30 de la reglamentación de la Ley N° 1.739. El Ombudsman Provincial, informó a todos los interesados que, este Organismo de la Constitución por Ley Nº 1.365/2001, es el Organo Registral para emitir Constancias de Libre Deuda, siendo el trámite gratuito y sin gestores, extremo este que les será exigido a todos aquellos aspirantes a cubrir los registros notariales vacantes. El Funcionario, señaló que las Constancias se entregan en el día y pueden ser requeridas por el interesado, concurriendo personalmente a Padre Patiño Nº 831 de 8:00 a 13:00 horas y/o a través de los correos electrónicos Institucionales denuncia@formosa.gov.ar – depuefor@fibertel.com.ar, para lo cual, es ineludible el envío de fotografía clara de su DNI, tanto del anverso, como del reverso, siendo también necesario, citar ante que Autoridades será presentado el mismo. En Formosa, el Registro fue creado por la Ley Provincial Nº 1.365 que tiene por función registrar a todos aquellos que adeudan total o parcialmente 3 cuotas alimentarias consecutivas o 5 alternadas, ya sea en alimentos provisorios o definitivos fijados u homologados por sentencia judicial, siendo el organismo encargado de llevar adelante esta función la Defensoría del Pueblo.

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